Has encontrado un coche de segunda mano en Elche o en Benidorm y el vendedor te dice que con un papel firmado basta. Puede bastar para empezar, pero un contrato mal hecho es la causa de muchos problemas posteriores: multas que siguen llegando al antiguo dueño, cargas ocultas o discusiones sobre el estado del coche. Aquí lo dejamos bien atado.
Qué hacemos por ti
Podemos redactar el contrato desde cero con los datos de ambas partes o revisar el que ya tengas. Después, si quieres, hacemos también la transferencia completa: impuesto, tasa y presentación ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante.
- Redacción del contrato de compraventa entre particulares.
- Revisión de un contrato o borrador que ya tengas.
- Comprobación de cargas y reserva de dominio del vehículo.
- Liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.
- Cambio de titularidad completo en la DGT.
El contrato puede incluir una cláusula sobre el estado del coche: que no tiene golpes ocultos, que el cuentakilómetros es real y que se han hecho las revisiones. Si luego aparece algo distinto, esa cláusula es la prueba de lo que se prometió. En Alicante hemos visto muchas disputas por no haberla puesto.
Requisitos y documentación
Un buen contrato recoge la identidad y el domicilio de comprador y vendedor, la matrícula, la marca, el modelo y el número de bastidor, los kilómetros, el precio y la forma de pago, la fecha de entrega y el estado de cargas del vehículo.
- Permiso de circulación y ficha técnica del vehículo.
- ITV en vigor, salvo que se pacte otra cosa por escrito.
- Justificante del último impuesto de circulación pagado.
- Justificante de pago de la señal y del precio.
- DNI o NIE de comprador y vendedor.
Tras la firma, quedan dos pasos: liquidar el impuesto y solicitar el cambio de titularidad ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante. Mientras tanto, es prudente que el vendedor guarde copia del contrato y de los documentos de identidad del comprador, porque son su mejor defensa si recibe una multa de la que no es responsable.
Plazos y datos clave
El comprador dispone de 30 días hábiles desde la fecha del contrato para presentar la autoliquidación del impuesto de transmisiones, y la transferencia en tráfico debe hacerse sin demora. Mientras no se haga, el vendedor sigue figurando como titular y puede recibir multas que no le corresponden.
Si el vehículo se compra a un particular de Elche o a un profesional, no es lo mismo: entre particulares hay impuesto de transmisiones y contrato libre; a un profesional se aplican reglas de consumo y garantía. Te decimos en cuál estás antes de firmar.
Cómo trabajamos
Trabajamos solo por escrito, por WhatsApp o por email. Envías la documentación desde el móvil, nosotros la comprobamos, preparamos los formularios y los presentamos en tu nombre. Recibes los justificantes en tu teléfono o en tu correo, sin desplazamientos y sin esperas.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio hacer un contrato por escrito?
No es obligatorio para que la venta sea válida, pero sí muy recomendable. El contrato prueba el precio, la fecha de entrega y el estado del coche, y la administración lo pide para liquidar el impuesto y cambiar la titularidad.
¿Quién paga el impuesto de transmisiones?
Es el comprador quien está obligado al pago, al ser quien adquiere el vehículo. Nosotros preparamos la autoliquidación y te indicamos el importe antes de pagar.
¿El vendedor se libra de las multas desde la firma?
No automáticamente. Hasta que se cambia la titularidad, el vendedor figura como titular. Un contrato con fecha de entrega y una transferencia rápida ayudan a que las multas posteriores no le afecten.
¿Hace falta que la ITV esté en vigor?
Para el cambio de titularidad la ITV debe estar vigente. Si está caducada, hay que pasarla antes o pactar quién lo asume, y es mejor que el contrato lo diga.
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